SEGUIMOS CON UN CONVENIO COLECTIVO DEL TAXI DE BARCELONA CADUCADO, PRECARIO Y ESCLAVISTA

Esta mañana viernes nos hemos presentado en el Instituto metropolitano del taxi, en una reunión de la mesa técnica del taxi, con la intención de repartir octavillas y pedir explicaciones a la asociación empresarial de la mesa técnica, sobre el convenio colectivo caducado, y la situación precaria de los taxistas asalariados. Hemos sido expulsados de inmediato de la reunión por una funcionaria del IMET, sin poder repartir ninguna octavilla.

Han pasado dos meses de la caducidad del convenio colectivo esclavista del taxi y de vehículos de alquiler con conductor de la provincia de Barcelona, y seguimos con un convenio colectivo injusto, precario y degradante. A  dos meses de la caducidad del convenio, no hay ninguna negociación, ni mesa paritaria, ni ningún contacto o información por parte de la patronal del taxi, mientras los trabajadores y trabajadoras del taxi de Barcelona continúan en unas condiciones laborales penosas.

A las asociaciones empresariales de la mesa técnica del taxi, y al propio instituto metropolitano del taxi, les preguntamos porque el artículo 15 del Convenio colectivo nacional, estable una duración máxima del período de prueba para los conductores de cuatro meses máximo y en cambio el mismo artículo 15 del convenio colectivo provincial de Barcelona establece un periodo de prueba de 12 meses. Como es posible que un taxista de Barcelona tenga un periodo de prueba de un año?

A la mesa técnica del taxi, les preguntamos porque el artículo 32 del Convenio colectivo nacional se establecen dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre, siendo estas gratificaciones del 100 por 100 del salario base. En cambio el artículo 18 del convenio de Barcelona, establece 2 pagas extraordinarias de verano y navidad de 350 euros cada una. Porque a los trabajadores y trabajadoras del taxi de Barcelona se les recorta la paga de verano y navidad a 350 e? cuando tendrían que cobrar el 100 por 100 del salario base como en el convenio colectivo Nacional.

Porque en el Convenio colectivo de Barcelona no se regula la cuantía del Plus nocturno y del Plus festivo? , estableciendo el artículo 17 del mismo Convenio, que en la remuneración salarial fijada se incluyen todos los conceptos salariales. Cuando el artículo 25 del convenio nacional estable que el trabajo en festivos se compensará con un día de descanso y un plus con 24,48 euros para 2017, y en el artículo 31 del mismo convenio establece una retribución especifica equivalente al 25 por 100 del salario de convenio o, en su defecto, del salario mínimo interprofesional a los taxistas que trabajen de noche. Porque los taxistas de Barcelona no tienen Plus nocturno ni Plus festivo?

El artículo 26 del Convenio provincial de Barcelona regula las vacaciones y dispone de 30 días naturales de vacaciones retribuidas de 700 EUR brutos anuales fijos, cuando dicho precepto infringe lo establecido en el Convenio nº 132 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), ratificado por España el 16 de junio de 1972 (BOE de 5-07-74) que en su artículo 7.1 dispone que “Toda persona que tome vacaciones de conformidad con las disposiciones del presente Convenio percibirá, por el período entero de esas vacaciones, por lo menos su remuneración normal o media. La cantidad de 700 euros resulta considerablemente inferior, he infringe el mínimo de derecho necesario que estaría constituido por el salario base percibido por el trabajador y otros complementos salariales de carácter ordinario. Porque a los trabajadores y trabajadoras del taxi de Barcelona también se les recortan las vacaciones?

Porque no se regulan las horas extras en el convenio del taxi de Barcelona? Cuando el artículo 22 del convenio nacional dice que las horas extras no podrán ser superiores a 40 horas anuales, y las horas extraordinarias, salvo pacto en contrario, se compensarán por descansos de modo que cada hora trabajada, equivaldrá a dos de descanso. Porque casi todos trabajadores y trabajadoras del taxi de Barcelona hacen 1000 horas extras anuales sin ninguna compensación por descansos?

Porque el artículo 37. 11º del Convenio Colectivo de Barcelona declara que es falta muy grave “No alcanzar la recaudación que sirva para determinar la base cotización prevista en el artículo 17 durante tres meses consecutivos o seis alternos, se considera falta muy grave, sancionable con despido”, cuando esta falta muy grave no figura en el artículo 41 del régimen disciplinario del convenio nacional. Porque se permite a las empresas de taxi de Barcelona la facultad de rescindir el contrato de trabajo de forma discrecional, unilateral y arbitraria por no concurrir el elemento subjetivo de culpabilidad de la conducta, e infringe los principios de proporcionalidad e intencionalidad de la conducta establecido en materia de despido disciplinario?

Es el instituto metropolitano del taxi, cómplice y responsable de la mala calidad del servicio de taxi de Barcelona, consecuencia de un convenio precario que está por debajo del estatuto de los trabajadores. Es el IMET cómplice y responsable de las jornadas de 12, 13, 14… Horas diarias que muchos taxistas se ven obligados a hacer por culpa del peor convenio colectivo del sector del taxi, y del peor convenio colectivo del transporte público.

A las asociaciones de la Agrupación Taxi Companys y la Asociación profesional Elite, que se sientan a negociar en la mesa técnica del taxi con explotadores de taxistas, les decimos que sean valientes y rompan con la mesa técnica del taxi, y con las asociaciones empresariales del taxi responsables de la precariedad y explotación que sufren día a día los trabajadores y trabajadoras del taxi de Barcelona. Señores de Taxi Companys y de Elite sean ustedes coherentes y justos, convoquen huelga general contra la explotación, y la precariedad laboral en el taxi de Barcelona, de la misma manera que convocan huelga contra Cabify, Uber y las VTCs. Abandonen las poltronas que les ofrece el IMET y salgan a la calle a luchar por los asalariados del taxi, en la calle encontraran el apoyo de la CNT.

UN CONVENIO PRECARIO, ES UN TAXI PRECARIO. EL TRANSPORTE PUBLICO ES COSA DE TOD@S.

SALUT Y BUEN VIAJE