NUEVO CONVENIO COLECTIVO; UNA HUMILLACIÓN PARA TODOS LOS TAXISTAS

El nuevo convenio colectivo para trabajadores asalariados de empresas de autotaxis y de alquiler de vehículos con conductor de la barcelona, ya ha sido publicado en el BOPB (boletín oficial de la provincia de barcelona) con resolución del 14 de diciembre de 2012, con una vigencia de 2013-2017.
Este convenio colectivo de trabajo de autotaxis y de alquiler de vehículos con conductor de la provincia de barcelona es subscrito por la Asociación empresarial del taxi, Asociación de empresarios de vehículos con conductor, asociación barcelonesa de empresarios y autopatronos taxistas, STAB (sindicato de taxistas autónomos de barcelona), CCOO (comisiones obreras), UGT (unión general de trabajadores).

Este nuevo convenio firmado a espaldas de todos los taxistas de barcelona, supone un serio golpe para los taxistas y los conductores de vehículos alquilados asalariados de barcelona, ya que sus condiciones de trabajo y sus derechos laborales van a empeorar sustancialmente.
Desde la sección sindical del taxi de la CNT pensamos que este convenio es un retroceso muy importante en las condiciones de trabajo de los taxistas, que afectará  el servició de taxi en la ciudad de barcelona, pensamos que este convenio también afecta a los trabajadores autónomos ya que si el taxista asalariado trabaja en malas condiciones también lo hará el taxista autónomo,  el taxista asalariado se vera presionado y obligado a cumplir con una serie de condiciones que marca este convenio (recaudación mínima, horas de trabajo, baja por enfermedad, IPC, contratos de prueba, jornada laboral de 12 horas….) estas condiciones laborales van a afectar al servicio de taxi de barcelona tanto en calidad, en seguridad y en servicio . También afecta al taxista autónomo que tendrá como compañero a un taxista asalariado que trabajara más por menos dinero y con menos seguridad, un taxista asalariado que saldrá a la calle con  miedo a ser despedido, con inseguridad, con cansancio, con desesperación, con desconfianza hacia los demás taxistas, con la obligación de hacer más carreras para poder ganar más dinero. Un taxista asalariado explotado en una barcelona donde dicen que tenemos uno de los mejores servicios de taxi del mundo……
Este nuevo convenio colectivo del taxi esta firmado por todas las organizaciones empresariales del taxi de barcelona, las cuales son las grandes beneficiarias ya que podrán contratar y despedir a taxistas por menos dinero y con mucha facilidad siendo el taxista asalariado una pieza más del taxi que conduce (usar y tirar). También queremos resaltar que este convenio esta firmado por los señores de UGT y CCOO (algo que no nos sorprende, ya lo han echo muchas veces, y sabemos cual es la mano que les da de comer), estos señores como pueden firmar unas condiciones laborales tan humillantes y luego llamarse sindicatos?

A continuación comentamos algunos artículos de este humillante nuevo convenio para trabajadores de autotaxi y conductores de vehículos de alquiler:

*Articulo 9. Absorción y compensación: Las condiciones fijadas en este convenio, consideradas en conjunto y cómputo anual, comprenden, compensan y absorben todas las que pueda haber, sean las que sean su naturaleza y u origen. También absorben las que se puedan establecer en el futuro, sea la que sea la norma de que se deriven, incluido el posible aumento del SMI.

En este articulo queda suprimida las posibles subidas salariales hacia el trabajador , como la subida del IPC, con este articulo el trabajador no se beneficiara de la subida del IPC .

 *Articulo 11. Comisión Paritaria y Tribunal Laboral:
 b): Hacer estudios, análisis y diagnósticos de las necesidades de formación continua de las empresas y de     los trabajadores del sector en la provincia de barcelona.

  Este punto nos hace gracia, cursos de formación continua para los taxistas asalariados… alguna vez se han echo cursos de formación  continua para los taxistas asalariados? alguna vez les ha importado la formación de los taxistas a las flotas o gestorías o empresas del  taxi?

 d): Contribuir a la formación profesional antes de la entrada en la empresa. Cuando las circunstancias del sector lo requieran, las empresas pueden adquirir el compromiso de sufragar los gastos derivados del curso para la obtención de las credenciales de aptitud, con un importe mínimo de 500 EUR, cantidad que pueden exigir al trabajador o que pueden descontar de los salarios pendientes de   percibir o  de la liquidación en el caso que cause baja en la empresa (sea el que sea el motivo) antes de cumplir 1 año de trabajo  efectivo en la empresa.

 Este punto parece que este echo expresamente para algunas flotas, gestorías del taxi que dan los cursos para obtener la credencial de   taxista y que luego colocan al nuevo taxista en los taxis de la gestoría o flota, teniendo que pagar el curso o los cursos el trabajador ,  que vale 500 EUR, cantidad que sera descontada automáticamente del salario del trabajador.

 f): Interpretar auténticamente el Convenio colectivo, arbitra en las cuestiones o los problemas que las partes sometan a su consideración   y analiza la evolución de las relaciones entre las partes contratantes. Las dos partes acuerdan informar a la comisión Paritaria de las dudas y las discrepancias que puedan existir como consecuencia de la interpretación y la aplicación del Convenio colectivo. Los   componentes de la Comisión Paritaria han de ser escogidos por los firmantes de este Convenio.

  O sea que se crea una Comisión Paritaria para arbitrar, mediar o solucionar las dudas o conflictos que puedan haber en este convenio,   pero los miembros de esta comisión solo pueden ser escogidos por los firmantes del convenio. Es como jugar un partido de fútbol con el  arbitro comprado, donde esta la imparcialidad? porque no se cuenta con miembros de otras organizaciones del taxi? porque no se ha    contado con otras organizaciones sociales, sindicales del taxi de barcelona para estudiar y firmar este convenio?

 *Articulo 13: Contratación: La contratación de los trabajadores por parte de las empresas se realizara de conformidad con cualquiera de los contratos vigentes en el momento de realizarse, que empresa y trabajador consideren más conveniente. En cualquier caso la contratación deberá realizarse a jornada completa.

La contratación sera a jornada completa o sea jornada de 8 horas al día. Los contratos de jornadas de 2 y  4 horas, son ilegales están fuera del convenio, la jornada completa es de 8 horas al día NO DE 12 HORAS. Este articulo todo el mundo sabe que es una utopía ya que todos los taxistas asalariados del taxi de barcelona hacen jornadas de 12 horas cada día (luego nos quejamos de que no hay trabajo, y de que hay que poner turnos y la regulación horaria y el doble turno…. porque no se cumple el convenio?) bajo amenaza de despido.

 *Articulo 15: Periodos de prueba: Los trabajadores que sean contratados a partir de la firma de este Convenio colectivo con un contrato de carácter indefinido tienen un periodo de prueba que, en ningún caso, será superior a 12 meses. Los contratos temporales tienen un periodo de prueba máximo de 3 meses. Durante el periodo de prueba, el trabajador tiene los derechos y las obligaciones que corresponden al puesto de trabajo que ejerce como si fuera de plantilla y no tiene derecho a ninguna indemnización.

Este articulo es fruto de la nueva reforma laboral de 2012, impuesta por el Partido Popular. Con lo cual el trabajador tendrá un contrato de prueba de 12 meses, en el cual podra ser despedido sin ninguna indemnización.

*Articulo 18: Pagas Extraordinarias: Se establecen 2 pagas extraordinarias denominadas Paga de Verano y Paga de Navidad, con cobro anual, que se abonarán el 31 de julio y el 31 de diciembre, respectivamente, a razón de 30 días naturales. El importe de cada una es de 350 EUR durante la vigencia del convenio. El devengo será proporcional al tiempo trabajado. El trabajador que no haya prestado sus servicios en la empresa durante un año, percibirá la parte proporcional al tiempo trabajado. La empresa podrá prorratear las pagas extraordinarias en doce mensualidades.

Este es uno de los artículos más indignantes y humillantes de este convenio, el trabajador solo tendrá dos pagas de 350 EUR y que encima la empresa podrá ir pagando en 12 mensualidades, nos parece muy injusto y protestamos energicamente ante este atropello.

Estos son solo algunos de los artículos de este humillante convenio , donde los trabajadores pierden gran parte de sus derechos, Seguiremos comentando más artículos sobre este convenio colectivo. Desde la sección sindical de la CNT del taxi de barcelona estamos totalmente en contra de este convenio y no vamos a quedarnos parados ante esta injusticia, vamos a dar una respuesta así que ánimo, un saludo a todos los compañeros asalariados y autónomos.

A continuación  ponemos el enlace de descarga del nuevo convenio colectivo para empresas de autotaxis y alquiler de vehículos con conductor de la provincia de barcelona (2013-2017):

CONVENI COL·LECTIU DE TREBALL D’EMPRESES D’AUTOTAXI 2013-2017

SALUT Y BUEN VIAJE.

4 comentarios en “NUEVO CONVENIO COLECTIVO; UNA HUMILLACIÓN PARA TODOS LOS TAXISTAS

  1. Hola. Tengo una licencia adquirida recientemente, y me gustaría saber si alguien me lo puede explicar, como puedo asalariar a alguien, ya que aunque la IMT no lo permite actualmente, están vulnerando el rincipal derecho constitucional, que es el derecho al trabajo. De oidas me ha llegado que se puede contratar. Si alguien sabe algo y me puede contestar se lo agradería. por lo que veo vosotros defendeis el derecho de los trabajadores, así que seguro encontraré colobaroción. Gracias

  2. Nosotros como trabajadores estamos en contra del trabajo asalariado y de la explotación del hombre por el hombre, te recomendamos Laura que no contrates a ningún trabajador, trabaja tu misma el taxi o busca otras formas de cooperación económica dirigida a la expansión de formas de producción y consumo autogestionarias y antiautoritarias, inspiradas en los principios de libre asociación y libre acuerdo.

    Llamamos a los autónomos y autónomas a que renuncien a la explotación laboral, causa primordial de todas las desigualdades económicas y sociales

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