RECONOCEN UNA PENSIÓN VITALICIA PARA UN TAXISTA QUE SUFRE LEUCEMIA

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El juzgado concede al demandante la incapacidad permanente absoluta para cualquier tipo de trabajo

El Juzgado Social número 3 de Barcelona ha estimado una demanda interpuesta por J.N.R., de 63 años, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y condena a este organismo a que le abone una pensión vitalicia de 1.142 euros por 14 pagas al año. La sentencia indica que el demandante, que trabajaba como taxista, sufrió una Leucemia Mieloide Aguda (LMA) que le impedía trabajar, por lo que el juzgado le concede la incapacidad permanente absoluta para cualquier empleo.

Esta pensión deberá abonarse con efectos retroactivos desde 2014 ya que es cuando el Instituto Nacional de la Seguridad Social rechazó la petición del demandante “por estar en remisión y en tratamiento”, según un dictamen previo. El taxista, representado por centro médico-jurídico Tribunal Médico, recurrió la decisión ante el juzgado ya que la enfermedad le impedía realizar su trabajo.

Durante el proceso, los representantes legales del taxista indicaron que sufría la leucemia mieloide aguda agravada con posteriores infecciones respiratorias, bajada drástica de peso, hernias vertebrales y una hipotrofia muscular que incluso le impide mantenerse en pie, por lo que el hecho de conducir quedaba completamente descartado. Dichas patologías causaron al demandante, además,un cuadro psiquiátrico de trastorno adaptativo.

Alejandro García, responsable del centro Tribunal Médico, afirma que “cuando hablamos de cáncer, como en esta ocasión, se debe instruir un proceso de invalidez permanente en cualquiera de sus grados para luchar por los derechos que nos corresponden. Y si después de agotar las medidas terapéuticas se continúa con la patología, o ésta se ha superado pero quedan secuelas graves, se ha de gestionar un proceso de incapacidad definitivo si la situación disminuye o incluso anula la capacidad laboral de la persona”.

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