COMO NOS AFECTA LA REFORMA LABORAL 2021 EN EL SECTOR DEL TAXI DE BARCELONA

Como todos sabréis se ha anunciado a bombo y platillo esta reforma que tenía que ser una derogación completa como mínimo de la reforma del 2012 que nos ha llevado a una temporalidad récord, de contratos a tiempo parcial con sueldos bajo mínimos y convenios de empresa y sectoriales muy por debajo de lo que es la dignidad humana.

Pero bueno, al lio… como nos afecta.

Primero hay que aclarar que la ultraactividad de los convenios sigue vigente durante un año, o se denuncie en ese periodo, lo que no quiere decir que no se puedan aplicar ya las bonificaciones de salario… y mas con lo que contamos de vuestra nomina.

No te afectará  de ninguna manera si sigues siendo un benefactor de los lobos floteros que deja que su jefe le explote por dinero negro, pero si tienes integridad y dignidad y eres consciente de todo lo que pierdes y como estás de esclavizado por este sistema de pagos en B, debes saber varias cosas.

El convenio colectivo nacional y comarcal están caducados, se van a renegociar y como siempre estaremos en manos de los autobuseros de UGT y CCOO, liberados que viven a cuerpo de rey y que según las malas lenguas se van de fiesta con nuestros queridos floteros, pero nosotros sabemos que no es verdad y son personas integras.

Afíliate a la CNT si no quieres que esta gente decida como cobra un taxista….

Como afiliarme a CNT

Todos nuestros contratos están en fraude de ley y nuestras nominas ya no sirven…

Se va a controlar todo por Big data a partir de Enero, con lo cual se cruzaran datos de un convenio colectivo comarcal que dice que paga a % y que ese porcentaje no se refleja en bonus en la nómina.

En el convenio del taxi de Bcn, no viene reflejado el importe bruto que se debe pagar y sólo la base reguladora, cosa totalmente ilegal si se paga a %. ya que hay una garantía salarial mínima que se debe reflejar como pasaba en el convenio del taxi de Bcn del 2008.

Donde está reflejado ese porcentaje en tu nomina? Buscalo, no lo encontrarás…

Y como nos afecta a todos…

Tienes que saber cuanto cobras anualmente en bruto para poder hacer estos cálculos y sólo con una nómina y un gestor lo podrás hacer, puedes pasar por la CNT y te echaremos una mano, de forma totalmente gratuita.

Entender que hay muchas variables IRPF, SS y devengos y cada caso es distinto pero para una nomina calculada sólo por los 1200€ que se aplica como base reguladora sería así:

1200X12+ 350×2 pagas extras+700€ periodo vacacional = 14600€ brutos anuales

Vuelve la prevalencia de convenios y lo que concierne al sueldo, y si no está reflejado en el convenio comarcal se aplicará el estatal.

Calculo del % de nómina a % diario

Ya no te pueden descontar del bruto la parte de la SS de nuestra nómina, por que es un perjuicio para tu sueldo y eso no está contemplado en el Convenio Nacional, sólo el IVA.

Unos 84€ que se descuentan día a día de vuestra recaudación. Y según la reforma laboral, tu sueldo será el que dicte el convenio nacional si es mayor que el del sector comarcal, municipal, etc etc etc..

Bruto – Iva/ 100 X40 – IRPF – (No computaSS)

Empezamos con las pagas de verano, y es que primero hay que calcular cuanto va a ser vuestra nomina a partir de ahora, para saber la realidad de cuanto cobramos y lo que dice el convenio del sector nacional.

1- pagas de verano e invierno

Pasan a ser de igual cantidad que vuestra nómina, por eso hay que calcularlo, en esto no cambiará mucho la nómina, pero para aquellos que no la tengáis prorrateada, es un alivio. Veamos como queda suponiendo la base de cotización como si se calculara el bruto.

14600€- 700 del periodo vacacional= 13900/ 13= 1069, 23€

2 pagas extras de 1069,23€ una en invierno y la otra en verano

Según convenio nacional están tiene que ser de igual cuantía que el sueldo y la verdad es que siempre es un desahogo cobrarlas en su totalidad.

2- Turnos

Aquellos que hagáis nocturnidad tenéis derecho a un 25% mas de nómina, esta es desde las 22:00 pm hasta las 6:00 am

osea de 1069€  pasaríais  a 1336,48

3- la paga de vacaciones

Sigue igual será de 700€ como hasta ahora, ya que el convenio nacional dice que será de obligado pago y los convenios de orden inferior decidirán la cuantía.

4- horas extras

No podrán ser mas de 40 anuales y será del mismo pago que las ordinarias o serán compensadas con  2 horas por cada hora de extra.

Cuanto es la hora extra?

Pues según convenio nacional trabajamos al año 1790 horas repartidas en jornadas de 40 horas semanales a las que se les descontarán por semana los días de descanso y anualmente los festivos.

Sabiendo nuestro bruto y dividiéndolo por esas horas extras …

14600€ / 1790horas = 8,16€ la hora…. en realidad son unos 9,5€ brutos

Recordar, tenéis que ir con una nomina a la CNT para saber cuanto realmente cobráis la hora.

5-Antigüedad

Todos aquellos que llevéis mas de 5 años con vuestro autónomo o flotero de turno tenéis derecho a un 10% mas de la nómina por cada quinquenio.

Ósea de 1069€ cobraríais 1181€ en 13 pagas + 700€ del periodo vacacional el 10% es sobre el bruto, si el flotero os paga 700 en vacaciones también hay que añadir ese 10% a la nomina de los 13 meses…

6-Dias festivos

Tienes derecho a 14 festivos anuales que son los que marcan las comunidades autónomas y los nacionales estos se pagan a 25,65

25,65×14 = 359,1€ mas al año si los trabajaras todos

EJEMPLO PRÁCTICO

Una persona que trabaja de noche que tiene mas de 5 años de antigüedad en su puesto y que se le hace la nómina en lo que dicta la reforma laboral del 2021 tendría que cobrar mensualmente si ese mes ha tenido un festivo lo siguiente:

nomina bruto               1069,23

antigüedad 5  años       112,3€

nocturnidad                  295,39  30% sobre la suma de los 2 conceptos anteriores

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total mensual               1476,92 x13 pagas + 700 del periodo vacacional = 19899,96€ brutos anuales

 unos 5300€ mas al año

 

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festivo                          25,65

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total en bruto               1502,57 son 302,57€ mas al mes .. mas incentivos % no reflejados en Nómina

El cambio es substancial… y recordar, tomando el bruto de la base reguladora no de vuestro sueldo real bruto… que es otro, en la CNT os lo contaremos.

Todas las personas del reino de España que cobran en % tienen derecho a garantía salarial, ósea, un fijo + incentivos… una cuantía mínima de nómina + plus del %

Desde la CNT os hacemos una pregunta…

Donde está reflejado en tu nómina esos incentivos o % que se habla en el convenio?

Que se sumarían cada año al sueldo que queda reflejado en la suma anterior de todos los conceptos…

Pásate por la central de la CNT y te ayudamos, recuerda que la sección gremial del taxi de Bcn se reúne cada ultimo martes  del mes.

Se pueden llegar a acuerdos con tu jefe y saber como poder hacer que el % se refleje en tu nómina para que compute en tu salario y dejes de vivir preocupado por que cada mes la cosa esta del Covid está peor y tu salario no llega a 100€ por 12 horas de trabajo o mas diarias…

No dejes que te sigan explotando y déjanos ayudarte y dignifiquemos el sector.

fuentes

Convenio colectivo nacional de autotaxi

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2017-5496

Convenio del taxi de Barcelona

https://taxi.cnt.cat/seccio/convenio-colectivo-barcelona

Reforma laboral 2021,art 84 pagina 32, derogación del art 84 apartado a de la reforma laboral 2015.

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