LOS TAXIS DE MADRID PODRÁN LLEVAR PUBLICIDAD

La nueva normativa del Ayuntamiento de Madrid prevé tarifas fijas en puntos específicos.

La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid ha aprobado una nueva Ordenanza reguladora del sector del taxi en la que se establece que estos vehículos puedan llevar en su interior publicidad comercial previa autorización y en la que se fijan límites para la emisión de gases CO2 y de NOX como requisitos medioambientales.

Según ha informado el Ayuntamiento de Madrid, esta normativa actualiza la norma municipal del año 1980, aunando en ella “toda la regulación existente en la materia ahora dispersa”. Es, según han dicho fruto de “un consenso básico en los principales aspectos de la Ordenanza”, y “ofrece seguridad jurídica al sector.

Las principales novedades que se incluyen en la ordenanza anunciadas por el Consistorio madrileño pasan por la incorporación de medidas “en aras de la sostenibilidad”, la regulación de la publicidad interior, o el régimen tarifario, ya que se permite una tarifa fija para el aeropuerto.
IMPLANTACIÓN GRADUAL DEL ‘ECOTAXI’ E INCENTIVOS

De acuerdo a lo establecido en el Plan de Calidad del Aire de la Ciudad de Madrid para el fomento del vehículo limpio, se establece, por primera vez, unos límites de emisiones máximos, tanto de CO2 (160 gramos/km.) como de NOX (80 miligramos/km.). Por encima de ellos no se autorizará la prestación del servicio de taxi.

Según ha sostenido el Ayuntamiento, se ha fijado una “implantación gradual” con el objetivo de “hacer esta transición más sencilla”. Así, según han informado, no se autorizarán como taxis nuevas marcas ni modelos a los fabricantes ni se permitirá a los titulares de licencia la sustitución de vehículos por otros que las superen a partir de 2014. Finalmente, será en 2020 cuando los vehículos de autotaxi que superen las referidas emisiones no puedan prestar servicio.

Asimismo, la Ordenanza consagra el ‘Ecotaxi’, a través de la distinción de aquellos vehículos que no superen los límites de emisiones establecidos, y para los cuales están previstas “medidas incentivadoras” como paradas exclusivas, ser eximidos de las restricciones del tráfico rodado por motivos de contaminación y de las dimensiones mínimas de los vehículos.

Respecto a la inclusión de publicidad interior en estos vehículos, el Consistorio ha destacado que se trata de la primera vez que este tema se regula. Será el Ayuntamiento quien autorice a los titulares de las licencias la contratación y colocación de estos anuncios comerciales.
Para su instalación, los titulares deberán solicitar la correspondiente autorización, que se concederá de forma individualizada. La validez de la misma coincidirá con el año natural, por lo que caducará el 31 de diciembre de cada año.

POSIBILIDAD DE TARIFAS FIJAS EN PUNTOS ESPECÍFICOS

Asimismo, la Ordenanza permite el establecimiento de una tarifa fija en los viajes que tenga su origen o destino en el Aeropuerto de Barajas. En otros puntos específicos de gran generación de transporte de personas, como instalaciones deportivas, estaciones ferroviarias o de autobuses entre otros, el Ayuntamiento podrá establecer también, con carácter excepcional, tarifas fijas si de ello se deriva una mayor garantía para los usuarios.

Para la contratación del servicio de taxi a través de radio emisora se establece una tarifa máxima, descartando así la posibilidad de establecer un suplemento fijo por la utilización de este medio de contratación. De esta manera, se pagará en función de la distancia recorrida por el taxista hasta recoger al usuario, si bien, con un importe máximo.
La cuantía de estas nuevas tarifas no queda reflejada en la Ordenanza, ya que, según han señalado desde el Ayuntamiento de Madrid, el cuadro tarifario se aprueba anualmente al igual que el resto de los precios del taxi.

TAXIS DE MÁS DE CINCO PLAZAS Y REGULACIÓN DE REQUISITOS

Otras de las novedades incluidas en la ordenanza es la posibilidad de autorizar vehículos autotaxi de más de cinco plazas. Las tarifas contemplarán un suplemento a partir de la ocupación de la quinta plaza, excluido el conductor.

Asimismo, la nueva norma regula los requisitos de los vehículos, su antigüedad máxima y los elementos mínimos obligatorios, incidiendo en los aspectos de modernización y seguridad que afectan tanto a los usuarios como a los profesionales del sector.

En este sentido, se ha incluido la obligatoriedad de llevar en el taxi impresora de recibos y lector de tarjetas. Una vez aprobada inicialmente por la Junta de Gobierno, ha comenzado un periodo de 45 días de información pública para la presentación de alegaciones.

SALUT Y BUEN VIAJE.

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